ENSAYO ESTATUTO ORGANICO DEL SISTEMA FINANCIERO
“INTERVENCION EN LAS ACTIVIDADES FINAANCIEROS Y ASEGURADORES”
“INTERVENCION EN LAS ACTIVIDADES FINAANCIEROS Y ASEGURADORES”
El artículo 335 de la constitución nacional establece que es el gobierno que hace la intervención en las actividades financieras, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con la captación de recursos de inversión proveniente de ahorro de terceros. Gracias a esta potestad, el gobierno nacional puede expedir normativas administrativas y reguladoras, lo que significa que estaos en presencia de medidas que son reguladas por estos mismos.
Estas normas ordinarias están sujetas al estatuto orgánico del sistema financiero que se ha ido ajustando en la medida que ha evolucionado el sistema financiero colombiano.
A pesar de todas estas facultades, el gobierno nacional se tiene que apegar a los siguientes objetivos y criterios:
• Los fondos de pensiones están regidos a las edades y niveles de riesgos adecuados según criterios constitucionales.
• El régimen de afiliados deben tener muy claros sus derechos y deberes frente a las entidades financieras nacionales.
• Tener un esquema optimo de cobro de comisiones razonables por parte de las entidades financieras
• Los recursos captados de las cesantías sean destinados a inversión que respondan a su naturaleza y objetivos.
• Así se tengan relaciones de comercio exterior, se dará prioridad a las inversiones locales.
• Que todo tipo de sociedad tengan acceso a servicio financieros
• Promover una educación con respecto a las actividades financieras generadas por dichas entidades.
• Incentivar la participación de las asociaciones de consumidores financieros.
Así mismo la ley 1328 de 2009 modifica el literal i) El articulo 48 del estatuto organico del sistema financiero: Para subsanar un deterioro en la actividad financiera se deben adoptar programas de recuperación en condiciones de plazos y con las consecuencias que fije el Gobierno, que contra estos actos administrativos sólo procederá recurso de reposición, como lo establece el Estatuto Orgánico del sistema financiero.
El Gobierno nacional diseña y reglamenta Régimen de ahorro Individual y reglamenta esquemas de multifondos en el régimen de ahorro Individual, compuesto por tres fondos conservador, moderado y de mayor riesgo; además determina el esquema de comisiones de los fondos de pensiones obligatorias, calculado sobre los aportes y otro por el desempeño de los diferentes fondos que incentive la mejor gestión por parte de las administradoras; al igual que establece las normas de inversión de cada uno de los fondos de cesantías y porcentaje de activos admisibles, la rentabilidad mínima según el art 101 dela ley 100/93.
El Gobierno te
Me parece que el desarrollo de tu idea dentro del texto es adecuada y permite una vision general de la dinamica de las intervenciones de las entidades financieras
ResponderEliminarxiomara, tu ensayo muestra como el estado a traves de normas y leyes puede controlar las actividades financieras y aseguradoras en el pais de una manera segura. exitos
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